LAS TRANSFORMACIONES DE LA AGRICULTURA.
La concepción jurídica de los derechos de propiedad de los
gobiernos liberales del siglo XIX, implican la desaparición de las formas
propias del Antiguo Régimen (señorío, mayorazgo, bienes comunales, manos
muertas) y la consolidación de la propiedad privada de la tierra, como parte de
la nueva organización capitalista de la economía.
En sus decisiones influyen los graves problemas agrarios:
la oposición del campesinado a seguir pagando viejos derechos feudales, la necesidad
de acceso a la tierra, así como la de fomentar la modernización y el progreso
en el sector.
De esta forma se inicia una reforma agraria liberal tras la
subida de los liberales al poder en 1836, cuyo objetivo era liberar a las
tierras de las trabas del Antiguo Régimen, desarrollar la propiedad privada y
fomentar la economía de mercado. Las medidas principales fueron:
·
abolición de los señoríos y de los derechos
jurisdiccionales
·
desvinculación de la propiedad
·
desamortización de las tierras en manos de la
Iglesia y los ayuntamientos
·
así como otras medidas encaminadas a dar
libertad a sus propietarios para disponer de sus tierras y sus productos, como
son las leyes de cercamiento, fin del privilegio del ganado, libertad de
arrendamientos, etc.
LOS EFECTOS DE LA REFORMA AGRARIA.
La abolición de los señoríos y de los derechos
jurisdiccionales no significó la perdida de los derechos sobre la tierra de los
antiguos señores, ya que la mayoría los había transformado en propiedad
privada.
Gran parte del campesinado pleitea contra ellos para
acceder a la propiedad de la tierra que cultivaban, pero los tribunales fallan
siempre a favor de la nobleza, considerándola “propiedad natural” y a no ser
que los campesinos tuvieran documentos (contratos) indiscutibles, la propiedad
era de la nobleza.
De esta forma, aunque el campesinado queda libre del pago
de las rentas señoriales su situación apenas mejora. Tras la reforma pasan a
ser arrendatarios o asalariados de un propietario privado, lo que lleva a
agravar el problema del jornalerismo.
La desvinculación de la tierra y las desamortizaciones de
Mendizábal en 1836 y Madoz en el 1855permitireron que miles de propiedades
salieran al mercado lo que modifica profundamente la propiedad territorial.
Miles de edificios y parcelas agrarias cambian de dueño, aumentando el número
de poseedores.
Pero el objetivo de los liberales de convertir en
propietarios a los pequeños y medianos campesinos no se cumple ya que excepto
en algunas zonas, compraron las tierras quienes ya las tenían y quienes
contaban con recursos para comprarlas. (Funcionarios, comerciantes, militares…)
Además los nuevos propietarios estaban más interesados en
conseguir beneficios rápidos, que en invertir en la tierra y dedicarse
profesionalmente a ella. Los compradores no eran campesinos, así que la
desamortización no consigue su objetivo, crear una amplia masa de medianos
propietarios que mejoraran el sector agrícola.
Si tuvo éxito en otras cuestiones: se obtiene beneficio
para financiar la guerra carlista, la hacienda pública adquiere liquidez, se
fomenta la construcción del ferrocarril y la tierra se pone en mano de un
sector social que quería obtener beneficios, por lo que se mejora el
rendimiento debido a la expansión de cultivos y apenas por las mejoras técnicas.
Los límites del crecimiento agrario.
La consecuencia más importante de la reforma agraria
liberal fue el aumento de la roturación de tierras que estaban sin cultivar. Se
pasa de 10 a 16 hectáreas y se consigue una producción de cereal suficiente,
sólo se importará en ocasiones especiales, lo que va a permitir un crecimiento
sostenido de la población.
La mayor expansión de cultivos se produjo en los cereales
(80% del suelo) le siguen la vid, el maíz y la patata. Sin embargo el ganado
sufrió un retroceso, ovino y con más intensidad el lanar. Esta ultima afectada
por la bajada de las exportaciones de lana, la supresión de la Mesta y sus
privilegios, así como las nuevas roturaciones. No obstante aumenta la cabaña
porcina.
El aumento de la producción agrícola se alcanza por el
aumento de la superficie cultivada y no por la modernización de las técnicas de
cultivo, que seguían siendo atrasadas con respecto a Europa. El sector no está
estancado pero los progresos son muy modestos.
El lento aumento de la productividad, clave del atraso
agrícola se atribuye en parte al marco natural, orografía, suelo, clima, poco
favorable, pero sobre todo a la estructura de la propiedad que no permite la
mejora técnica.
Existen dos tipos de propiedades:
·
El minifundio (pequeñas propiedades) se
encuentran en la submeseta norte y en Galicia. En estas propiedades la
producción se destinaba al autoconsumo dada su escasa rentabilidad, lo que no
permite la innovación o la venta de excedentes en los mercados.
·
El latifundio (gran propiedad) se sitúa en Castilla_La Mancha, Extremadura y
Andalucía. La mayoría de estos propietarios no estaban interesados en invertir
para mejorar el cultivo, sino para obtener beneficio rápido.
Estos
tipos de propiedades, frenan la innovación agrícola y deja al campesinado sin
tierras en condiciones muy precarias. Esto generará una notable conflictividad
campesina a lo largo del siglo XIX.
EL
PROCESO DESAMORTIZADOR.
Según
la doctrina liberal, los hombres deberían ser felices. Para alcanzar dicha
felicidad es necesario poseer unos bienes que aseguren tanto el presente como
el futuro. Desde esta perspectiva la propiedad se convierte en un derecho
natural, pues se trata del medio imprescindible para alcanzar la felicidad.
Ya
que todos los hombres buscan la felicidad, es necesario que gocen de total
libertad y se encuentren en igualdad de oportunidades. Atendiendo a esto, el
Estado debe garantizar:
- La propiedad
privada
- La libertad
De
acuerdo con estos razonamientos, la revolución liberal burguesa actuó sobre el
sistema de tenencia y propiedad de la tierra, logrando cambios significativos.
En
el Antiguo Régimen gran parte de la tierra era de manos muertas, es decir,
estaban fuera del mercado. Pertenecían a la Iglesia o a los municipios. Además
de no tributar no podían ser vendidas. Al encontrarse fuera del mercado se
obstaculizaba su capitalización y mejora. En el siglo XVIII los reformistas
ilustrados, preocupados por maximizar los beneficios procedentes de la
explotación de la tierra, trataron, tímidamente, de cambiar el sistema señorial
de propiedad. Pero habrá que esperar al siglo XIX para que se produzcan
verdaderos cambios en el sistema de propiedad y tenencia de la tierra. Para
ello fue necesario desvincular los bienes de la nobleza y desamortizar los
bienes eclesiásticos y municipales:
·
Mediante las desvinculaciones se liberan las
tierras de los patrimonios vinculados, pasando sus titulares de usufructuarios
a propietarios, pudiendo de este modo vender libremente sus posesiones. Para
poner en marcha las desvinculaciones eran necesarias otras medidas legales
previas:
Abolir los señoríos, lo cual implicaba acabar
con las relaciones de dominio de los señores sobre los habitantes de sus
territorios.
Convertir la tierra en propiedad particular y
libre.
Suprimir los mayorazgos. Era ésta una
institución de origen medieval mediante la que se asegura la integridad de los
patrimonios, transmitiéndose estos al primogénito, que quedaba como
usufructuario, no pudiendo vender los bienes heredados y debiendo transmitirlos
íntegros a sus herederos.
·
A través de la desamortización el estado
nacionaliza los bienes, eclesiásticos o civiles (de los municipios) para su
posterior venta en subasta pública.
Con estas
medidas se pretendía, en definitiva, aumentar el número de propietarios, los
cuales, mediante la aplicación de su trabajo, aumentarían su riqueza, y con
ello su felicidad, al tiempo que contribuirían a aumentar la riqueza nacional.
En una
desamortización se pueden distinguir grosso modo varios pasos:
§
En primer lugar se promulgan leyes para proceder
con las desvinculaciones de los bienes nobiliarios y la desamortización de los
bienes eclesiásticos y municipales.
§
A continuación el estado se apropia de dichos
bienes, dejando de este modo de estar en manos muertas (fuera del mercado) para
convertirse en bienes nacionales susceptibles de ser vendidos en el mercado.
§
Finalmente esos bienes salen a la venta en
subasta pública.
Los beneficios
obtenidos por el Estado español fueron destinados principalmente a amortizar la
dilatada deuda pública.
Pueden
distinguirse una serie de fases en este largo proceso desamortizador:
-
Desamortización de Godoy (1798), ministro de Carlos IV.
-
Desamortización de José I y de las Cortes de Cádiz (1811-1813)
-
Desamortización del Trienio Liberal (1820-1823)
-
Desamortización de Mendizábal (1836-1851)
Con Godoy (1798) se vieron afectados los bienes de la
Cº de Jesús y de obras pías y su objetivo fue la recaudación fiscal por las
guerras
Durante las Cortes de Cádiz (1813) se atendió a los
bienes de las Órdenes Militares, la Inquisición, conventos suprimidos en la
guerra, afrancesados y mitad de los ayuntamientos
En el Trienio liberal (1820-23) los bienes afectados
son de los monasterios y ayuntamientos
(propios y baldíos). Y se legisla la desvinculación
de los señoríos y supresión del mayorazgo
La desamortización de Mendizábal.
La puesta en práctica de su decreto trajo la ruptura
de las relaciones diplomáticas con Roma y removió y dividió la opinión pública
de tal forma, que ha quedado en la historia contemporánea como "la
desamortización" por antonomasia.
Durante su gobierno en 1835, lo que le preocupaba era
garantizar la continuidad en el trono de Isabel II, esto era, la del nuevo
Estado liberal. Para ello era condición necesaria ganar la guerra carlista, que
en ese momento resultaba incierta; pero este objetivo no podría realizarse sin
dinero o sin crédito.
A su vez, para poder fortalecer la credibilidad del
Estado ante futuras peticiones de crédito a instituciones extranjeras, era
preciso eliminar, o por lo menos disminuir, la deuda pública es decir, pagar a los acreedores. Ante la mala situación
de Hacienda, calificada por entonces de "espantosa", Mendizábal juzgó
que había que recurrir a nuevas "fuentes" de financiación, y estas no
eran otras que los bienes eclesiásticos
El decreto desamortizador, publicado en 1836, en medio
de la guerra civil con los carlistas, puso en venta todos los bienes del clero
regular -frailes y monjas-. De esta forma quedaron en manos del Estado y se
subastaron no solamente tierras, sino casas, monasterios y conventos con todos
sus enseres -incluidas las obras de arte y los libros-. Al año siguiente, 1837,
otra ley amplió la acción, al sacar a la venta los bienes del clero secular
-los de las catedrales e iglesias en general-, aunque la ejecución de esta
última se llevó a cabo unos años más tarde, en 1841, durante la regencia de
Espartero.
Con la desamortización de Mendizábal se pretendían
lograr varios objetivos a la vez: ganar la guerra carlista; eliminar la deuda
pública, al ofrecer a los compradores de bienes la posibilidad de que los
pagaran con títulos emitidos por el Estado; atraerse a las filas liberales a
los principales beneficiarios de la desamortización, que componían la incipiente
burguesía con dinero; poder solicitar nuevos préstamos, al gozar ahora Hacienda
de credibilidad, y cambiar la estructura de la propiedad eclesiástica, que de
ser amortizada y colectiva pasaría a ser libre e individual. Pero había más: la
Iglesia sería reformada y transformada en una institución del Nuevo Régimen,
comprometiéndose el Estado a mantener a los clérigos y a subvencionar el
correspondiente culto.
La desamortización "general" de
Madoz.
El 1 de mayo de 1855, el ministro de Hacienda, Pascual
Madoz, también progresista y amigo de Mendizábal, sacó a la luz su Ley de
Desamortización General. Se llamaba "general" porque se ponían en
venta todos los bienes de propiedad colectiva: los de los eclesiásticos que no
habían sido vendidos en la etapa anterior y los de los pueblos, los llamados bienes
de propios (aquellos que proporcionaban, por estar arrendados, una renta al
Concejo), y los comunes (que no proporcionaban renta y eran utilizados
por los vecinos del lugar). La desamortización de bienes de propios y comunes
se prolongó hasta 1924
El procedimiento utilizado para las ventas fue una
copia del de Mendizábal; sin embargo, había dos diferencias claras.
§ Una se refería al destino del dinero obtenido: sin las
anteriores angustias de Hacienda, fue dedicado a la industrialización del país
o, mejor y de modo más concreto, a la expansión del ferrocarril.
§ La otra diferencia estaba en la propiedad de dicho
dinero: el Estado no era el propietario, sino los ayuntamientos. Aquel
percibiría el importe de las ventas en nombre de estos y lo transformaría en lo
que hoy podrían ser bonos del Estado, lo cual significaba que este se
convertía en "custodio" de los fondos de los ayuntamientos,
utilizándolos para el bien de todos. En este proceso, la burguesía con dinero
fue de nuevo la gran beneficiaria, aunque la participación de los pequeños
propietarios de los pueblos fue mucho más elevada que en el anterior de
Mendizábal.
CONSECUENCIAS
a) Sociales
:
El
resultado de la desamortización será concentrar la propiedad en cada región en
proporción al grado existente previamente, por lo tanto no se produjo un cambio
radical en la estructura de la propiedad.
Las
parcelas pequeñas que se subastaron fueron compradas por los habitantes de
localidades próximas, mientras que las de mayor tamaño, las adquirieron
personas más ricas que vivían generalmente en ciudades a mayor distancia de la
propiedad.
En la
zona meridional de predominio latifundista, no existían pequeños agricultores
que tuvieran recursos económicos suficientes para pujar en las subastas de
grandes propiedades, con lo cual se reforzó el latifundismo. Sin embargo esto
no ocurrió en términos generales en la franja norte del país.
Otra
cuestión diferente es la privatización de los bienes comunales que pertenecían
a los municipios. Muchos campesinos se vieron afectados al verse privados de
unos recursos que contribuían a su subsistencia (leña, pastos etc.), por lo
cual se acentuó la tendencia emigratoria de la población rural que se dirige a
zonas industrializadas del país o a América. Este fenómeno migratorio alcanza
niveles muy altos a finales del siglo XIX y principios del XX.
b) Económicas
Saneamiento
de la Hacienda Pública que ingresó más de 14.000 millones de reales procedentes
de las subastas.
Se
produjo un aumento de la superficie cultivada y de la productividad agrícola,
asimismo se mejoraron y especializaron los cultivos gracias a nuevas
inversiones de los propietarios. En Andalucía, por ejemplo, se extendió
considerablemente el olivar y la vid. Todo ello sin embargo influyó
negativamente en el aumento de la deforestación.
c) Culturales
Muchos
cuadros y libros de monasterios fueron vendidos a precios bajos y acabaron en
otros países, aunque gran parte de los libros fueron a engrosar los fondos de
las bibliotecas públicas o universidades.
Quedaron
abandonados numerosos edificios de interés artístico (iglesias, monasterios)
con la subsecuente ruina de los mismos, pero otros en cambio se transformaron
en edificios públicos y fueron conservados para museos u otras instituciones.
d) Políticas
e ideológicas
Uno de
los objetivos de la desamortización fue permitir la consolidación del régimen
liberal y que todos aquellos que compraran tierras formaran una nueva clase de
pequeños y medianos propietarios adictos al régimen. Sin embargo no se
consiguió este objetivo, al adquirir la mayor parte de las tierras
desamortizadas, particularmente en el sur de España, los grandes propietarios,
como ya se ha comentado.
e) Otras
La
desamortización de los conventos contribuyó a la transformación del modelo de
ciudad. En muchas grandes ciudades, se pasó de la ciudad conventual, con
grandes edificios religiosos, a la ciudad burguesa, con construcciones de más
altura, ensanches y nuevos espacios públicos gracias a los derribos.
Los
antiguos edificios religiosos pasaron a tener otros usos, muchos se
transformaron en edificios públicos (museos, cuarteles, hospitales), otros
fueron demolidos para la apertura de nuevas calles o el ensanche de las
existentes, algunos se convirtieron en templos parroquiales o se subastaron y
pasaron a manos privadas.